La Sala Plena de la Corte Constitucional negó la nulidad contra la sentencia SU-712 de 2013. Acción con la que la exsenadora Piedad Córdoba tenía uno de sus últimos 'salvavidas' para lograr que su destitución e inhabilidad (por 18 años) no se hiciera efectiva.
El argumento principal era que se le había violado el debido proceso. Sin embargo, la Corte no le dio la razón y ratificó la sanción impuesta por el ente disciplinario.
La Corte Constitucional argumenta que el Procurador General de la Nación sí tiene la competencia y la facultad para generar fallos de inhabilidad y destitución contra senadores y representantes. Además, agrega, puede vigilar las funciones que realizan mientras ejercen el cargo.
Corte deja en firme actuación de Procurador contra Piedad Córdoba
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